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martes, 3 de septiembre de 2013

La democracia en Argentina

Según  la Constitución nacional, la democracia en nuestro país es representativa e indirecta. El pueblo no gobierna directamente, sino que lo hace a través de sus representantes, elegidos por medio del voto.
En la reforma constitucional de de 1994 se incluyeron nuevos derechos y garantías. Entre los nuevos derechos, la Constitución incluyó los artículos 39 y 40 referidos a mecanismos de democracia semidirecta. El artículo 39 establece que todos los ciudadanos tienen el derecho de iniciativa para presentar proyectos de ley en la Cámara de Diputados y que el Congreso debe tratarlos dentro del término de doce meses.
En el articulo 40 se especifica que el Congreso puede someter a consulta popular un proyecto de ley y que, si el pueblo aprueba este proyecto, se lo convierte automáticamente en ley. También se puede convocar a una consulta popular no vinculante, que pide la opinión del pueblo pero no obliga a sus representantes a tratar el proyecto. En este caso el voto no es obligatorio.  

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